Custodía de valores

Custodia de valoresLa custodia de valores es la comisión que cobran las entidades financieras por mantener y custodiar letras del tesoro, participaciones en fondos de inversión y/o acciones representadas en cuenta, y por la entrada de nuevos títulos. La comisión empieza a generarse cuando se realiza la primera compra. Algunas entidades cobran la custodia sobre el valor nominal de las acciones, otras sobre el valor efectivo de los títulos y otras cobran un mínimo por valor o por mercado.

Para comprar valores es necesario abrir una cuenta de valores y firmar un contrato de custodia y administración de valores con una entidad financiera. Mediante esta cuenta de valores, la entidad financiera administra la cartera del inversor (cobro de dividendos, suscripciones, etc.). Esta cuenta llevará asociadas las salidas y entradas de flujo de caja correspondientes a la operativa de valores que efectúe el cliente.

El papel de la entidad depositaria en la custodia de valores

  • Sólo las entidades autorizadas pueden realizar el servicio de custodia y administración de valores. Por este servicio, la entidad depositaria cobra comisiones que vienen reflejadas en un folleto de tarifas publicado y registrado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
  • La entidad depositaria que realiza la custodia y administración de valores está obligada a tener al día las posiciones del cliente, así como facilitarle el ejercicio de los derechos derivados de la tenencia de la cartera de valores e informarle de las operaciones que requieran de sus instrucciones.

El papel del inversor en la custodia de valores

  • El inversor debe de tener muy claros todos los detalles relacionados con el funcionamiento de la cuenta de valores: mecanismo de transmisión de órdenes, alcance y limitaciones de los servicios ofrecidos por el intermediario, y comisiones y gastos asociados de todo tipo.
  • El inversor debe exigir a su depositario el envío de información periódica sobre el estado de sus inversiones y de los gastos originados para su mantenimiento, sin perjuicio de su derecho a recibir información puntual de cada liquidación que se le practique por las operaciones realizadas o los servicios prestados.

Contrato de custodia y administración de valores

Las obligaciones que asume la entidad depositaria y las comisiones que abona el cliente se recogen en el contrato de custodia y administración de valores firmado al efecto entre las partes con motivo de la apertura de la cuenta de valores.