Novedades fiscales 2018La entrada de este nuevo año ha traído consigo una serie de reformas fiscales que modificaran, en parte, algunos de los tributos implantados en la normativa fiscal (el IRPF, IS…).

El pasado mes de diciembre de 2017, el Consejo de Ministros aprobó el nuevo decreto que modifica el reglamento de los diferentes impuestos entrando en vigor una serie nuevos aspectos de gran relevancia para los contribuyentes.

Veamos…

Novedades fiscales para el IRPF

El Gobierno, en relación al Impuesto de la Renta de Personas Físicas (IRPF) aprueba las siguientes modificaciones en su reglamento:

Procedimiento rectificador de autoliquidación del impuesto

Este nuevo procedimiento trata de corregir antiguos errores en el proceso siendo ahora el contribuyente el que realizará dicho proceso a través del propio modelo del impuesto. Es decir, se simplifican en ciertos aspectos el procedimiento anterior de devolución de ingresos indebidos y se podrá utilizar el propio modelo para la subsanación de errores que afecten al propio contribuyente.

Rentas por dietas o servicios de comedor

En este aspecto, la renta percibida por la prestación del servicio de comedor se incrementa de 9 a 11 euros diarios no acumulables, es decir, esta norma exige la utilización de ciertos establecimientos hosteleros y que la parte de la cuantía otorgada por este servicio que no haya sido consumida, no será acumulable para otros días.

Nuevos límites de exención de becas para el estudio y formación de investigadores

Con carácter general, la exención pasa de 3 000 a 6 000 euros y de 15 000 a 18 000 euros para cubrir el transporte y el alojamiento (esta segunda cuantía pasará de 18 000 a 21 000 euros para becas de estudio en el extranjero). De igual forma, si la beca es para estudio de doctorado la cuantía pasará a 21 000 euros en territorio nacional y a 24 600 euros para el doctorado cursado en el extranjero.

Retribuciones en especie

Se adapta el reglamento del IRPF incluyendo el límite de 1 500 euros, dejando de considerarse retribución en especie aquellas primas aportadas por la empresa a entidades aseguradoras para la cobertura de enfermedad tanto para el trabajador como para cónyuge o descendientes que se encuentren en situación de discapacidad.

Formación de personal

En los gastos de captación o formación de personal  que no constituyen retribución en especie, se incluyen aquellos que son financiados por otras empresas o entidades siempre que, para comercializar los productos de esa empresa, sea necesario tener la formación adecuada del propio trabajador.  

Derechos de suscripción preferente

Las entidades realicen la retención sobre las ganancias derivadas de la transmisión de los derechos de suscripción tendrá que retener un 19% de las ganancias patrimoniales.

Obligación de informar a la AEAT

Se deberá informar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por parte de las entidades que realicen las siguientes operaciones societarias: operaciones de reducción de capital con devolución de aportaciones así como distribución de prima de emisión de valores no admitidos a negociación.

Guarda y custodia de descendientes

Se extiende la aplicación a efectos del mínimo por descendiente a los contribuyentes que tengan una resolución judicial por guarda y custodia.

Novedades fiscales para el Impuesto de Sociedades (IS)

En relación al Impuesto sobre Sociedades se implantan los siguientes cambios:

Declaración informativa

La declaración informativa “país por país” se modifica en cuanto a que las entidades que facturen más de 750 millones de euros deben informar según criterios de la OCDE.

Activos diferidos

Se adapta al reglamento de la Ley del Impuesto de Sociedades que entró en vigor en 2016 en la actividad relacionada con la conversión de los activos diferidos de crédito exigible frente a la Administración Tributaria.

Obligación de no retención

Se extingue la obligación de retener sobre las cantidades satisfechas a los fondos de pensiones por fondos de pensiones abiertos y planes de pensiones adscritos a otros fondos de pensiones.

Tampoco existe obligación de retener, sobre las rentas que derivan de la transmisión o reembolso de acciones de SICAV índice cotizadas.

Novedades fiscales para el Impuesto de Sucesiones y Donaciones

Este tributo que grava la transmisión de bienes y/o derechos por las personas físicas acarrea también, una serie de reformas:

Declaración y gestión de impuesto

Se diferencian dos aspectos importantes en este ámbito declarativo y de gestión:

  1. En el supuesto de adquisición de bienes inmuebles, la declaración del impuesto incluirá la referencia catastral de los inmuebles transmitidos para su adecuada identificación.
  2. A los no residentes se les facilita la gestión de este impuesto ya que se les permite acreditar el cumplimiento de las obligaciones relativas a este impuesto mediante una certificación suministrada por la Administración tributaria.

Previsiones de posibles novedades fiscales futuras

Durante este año, por diferentes motivos políticos (acuerdos entre partidos…) se prevén, a parte de estas modificaciones, alguna otra que vendrán de la mano de la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

admin

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